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¿Si vendo mi coche tengo que pagar a Hacienda

¿Si vendo mi coche tengo que pagar a Hacienda?

17/03/2023

Una pregunta habitual al desprenderse de un vehículo es ésta: ¿si vendo mi coche tengo que pagar a Hacienda? No siempre. En este artículo vamos a comentarte cómo afecta la venta de tu coche en cuanto a tus impuestos y tu renta.

Una pregunta habitual al desprenderse de un vehículo es ésta: ¿si vendo mi coche tengo que pagar a Hacienda? No siempre. En este artículo vamos a comentarte cómo afecta la venta de tu coche en cuanto a tus impuestos y tu renta.

Venta de un coche y sus repercusiones en Hacienda

Entre los trámites por la venta de un coche puede aparecer la pregunta de: ¿si vendo mi coche tengo que pagar a Hacienda?

Y la respuesta está en si vamos a ganar, o no, dinero con esa venta con respecto a lo que nos gastamos al comprar el vehículo.

Y es que, ya se sabe, en el IRPF es necesario declarar las ganancias o pérdidas resultantes de transmitir un bien de tu patrimonio. No obstante, también hay excepciones. Por ejemplo, no se debe desgravar por aquellas pérdidas producto del consumo.

Así, si vendes tu vehículo por un precio menor del que lo adquiriste, no hay que declararlo en la renta. Únicamente se tiene que incluir en la declaración si existe una ganancia patrimonial.

El primer caso es más habitual. Por lo general, los vehículos se ponen a la venta por un precio inferior al que fueron adquiridos.

Como se produce una pérdida de valor patrimonial a causa del uso, la transacción no debe figurar en ningún apartado de tu autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Así lo establece el artículo 33.5 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF.

¿Y si ganamos dinero?

En el caso de que ganaras dinero con respecto a lo que desembolsaste por la compra del vehículo en un primer momento, sí hay que declarar la ganancia patrimonial en renta.

Hablamos de casos como coches que, por el motivo que sea, se han podido ver revalorizados con el paso de los años. Vehículos que, por ello, tienen un precio mayor que en el momento en el que fueron puestos a la venta.

Es importante que tengas en cuenta que si compraste el coche en cuestión antes del 1 de enero de 1994, y en los tres últimos años ha estado dirigido a un uso particular -no profesional o de negocios-, tendrías la posibilidad de disfrutar de un régimen por el que solamente deberías tributar por una parte de lo que hayas ganado.

Cálculo de la ganancia patrimonial

Si quieres calcular la ganancia patrimonial en la declaración de la renta, puedes valerte de este cálculo: restar el valor de adquisición al valor de transmisión.

En el caso del valor de adquisición hay que tener en cuenta estos factores:

  • Si el vehículo es comprado: el precio abonado por él más las inversiones y mejoras efectuadas, y los gastos y tributos efectuados como comprador. No afectan, en este caso, los posibles intereses de un préstamo.
  • Si el vehículo ha estado afecto a actividades económicas: tendrás que proceder a restar el valor de las amortizaciones llevadas a cabo al valor de adquisición.
  • Si el coche fue heredado o producto de una donación: se tendrá en cuenta el valor a efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones, sin que en caso alguno pueda ser superior al valor de mercado.

Mientras, el valor de transmisión será el resultante del precio de venta, más todos los gastos y tributos de a los que hayamos tenido que hacer frente por vender el vehículo.