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Si vendo un coche, ¿tengo que declararlo?

22/12/2023

Una de las principales dudas que surgen cuando vendemos un coche es si es necesario declarar este venta a Hacienda.

Una de las principales dudas que surgen cuando vendemos un coche es si es necesario declarar este venta a Hacienda. Vamos a tratar este tema en este nuevo post de nuestro blog.

Entre los trámites que figuran a la hora de vender un coche puede estar la necesidad de declararlo, o no, a Hacienda durante la renta, y tener que pagar, así, impuestos. Hablamos de una de las principales dudas que pueden surgir durante una operación de compra-venta de un coche.

Y a modo de resumen, podría decirse que esa cuestión depende, básicamente, de si en la operación se produce lo que se denomina como pérdidas debidas al consumo.

¿Tenemos que declarar la venta de un coche a Hacienda?           

En el IRPF es necesario declarar aquellas ganancias o pérdidas resultantes de transmitir un bien de un patrimonio, ya sea por una venta, donación, o cualquier otra figura. No obstante, hay importantes excepciones, y por ejemplo no se tienen que desgravar las pérdidas debidas al consumo .

Y decimos que es una excepción relevante porque, por lo general, en el caso de los coches y vehículos particulares, lo habitual es que se vendan por un precio más pequeño respecto al que fueron adquiridos.

Si es da esa circunstancia, y pese a que se haya producido una pérdida patrimonial, no habría que incluirlo en la declaración de la renta porque la pérdida es consecuencia del consumo.

Menos habitual es encontrarse ante un escenario en el que se venda un vehículo por más dinero del que costó en su momento. En este caso concreto, sí que se debe declarar la ganancia patrimonial en la renta.

Casos en el que se vende el coche por más dinero

Se puede producir este hecho, el de vender un vehículo por más dinero del que hubo que abonar por él, en la compra-venta de coches históricos que han ido revalorizándose, o si el vehículo en cuestión fue adquirido por un precio muy barato. También si, tras llevar a cabo alguna mejora, el vehículo en cuestión ha aumentado su valor.

Con todo, hay que tener en cuenta que si el vehículo fue comprado antes del 1 de enero de 1994 y en los tres últimos años se ha destinado a un uso particular (esto es, no profesional o de negocios), se puede disfrutar de un régimen por el que únicamente se tiene que tributar por una parte del importe que se haya ganado.

Otro dato más que puede resultar de interés al tratar este tema. En el caso de que se quiera calcular la ganancia patrimonial en la declaración de la renta, simplemente hay que realizar esta operación: restar el valor de adquisición al valor de transmisión. O lo que es lo mismo, restar el precio de compra al precio de venta, aunque, eso sí, con algunos matices.

Y recuerda: Si el resultado es negativo, no es necesario incluir la pérdida en la declaración de la renta, ya que no se tienen que desgravar las pérdidas debidas al consumo.

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