TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LOS SERVICIOS PARA COMPRAVENTA ENTRE PARTICULARES

Última actualización: octubre de 2026

Identificación

Los presentes términos y condiciones regulan la solicitud y contratación de los servicios ofrecidos por:

ADOPTAMOSTUCOCHE, S.L.
NIF: B16792152
Domicilio: C/ Artunduaga 2, Bajo 3, 48970 Basauri, Bizkaia
Teléfono: 946 971 193
Correo electrónico: info@adoptamostucoche.es
Web: www.adoptamostucoche.es
En adelante, ATC.

2. Objeto

ATC pone a disposición de compradores y vendedores particulares distintos servicios profesionales destinados a facilitar y aportar mayor información, tranquilidad y apoyo en operaciones de compraventa de vehículos. Entre otros, podrán ofrecerse:

  • Prueba Preentrega o revisión mecánica.  Garantía mecánica.  Informes de historial e información administrativa del vehículo.
  • Notificación de venta.
  • Cambio de titularidad.
  • Otros servicios relacionados con la compraventa que ATC pueda incorporar en el futuro.

Los servicios podrán contratarse individualmente o de forma conjunta.

Salvo que ATC indique expresamente lo contrario en una operación concreta, ATC no compra ni vende el vehículo ni pasa a formar parte del contrato de compraventa celebrado entre comprador y vendedor.

La elección del vehículo, negociación, precio de compraventa, forma de pago, entrega y demás pactos entre comprador y vendedor corresponden a dichas partes.

3. Empresas y profesionales colaboradores

ATC utiliza empresas y profesionales especializados externos para la ejecución de algunos o todos los servicios ofrecidos.

Podrán intervenir, entre otros:

  • talleres y redes de talleres;
  • empresas especializadas en garantías mecánicas;
  • proveedores de información e historial de vehículos;
  • gestorías administrativas;
  • proveedores tecnológicos;
  • y otros profesionales necesarios para ejecutar el servicio solicitado.

ATC podrá trabajar con diferentes proveedores según la localidad, disponibilidad, características del vehículo, servicio solicitado y acuerdos comerciales existentes en cada momento.

Por esta razón, los presentes términos no identifican de forma permanente a un determinado taller, gestoría, proveedor de información o empresa garante.

Cuando resulte necesario, el cliente será informado antes de contratar sobre la identidad del proveedor que vaya a intervenir y tendrá acceso a las condiciones particulares correspondientes al servicio.

La utilización de proveedores externos no excluye las responsabilidades que legalmente correspondan a ATC por sus propias actuaciones.

4. Prueba Preentrega

La Prueba Preentrega tiene como finalidad proporcionar al comprador o vendedor información sobre el estado observado del vehículo en el momento en que se realiza la revisión.

La prueba será realizada por un taller o profesional especializado colaborador.

Dependiendo del protocolo correspondiente podrá incluir:

  • inspección visual;
  • revisión mecánica;
  • diagnosis electrónica;
  • comprobación de determinados elementos de desgaste;
  • prueba dinámica cuando resulte posible;
  • y otras comprobaciones comprendidas en el servicio contratado.

La Prueba Preentrega no es un certificado de ausencia de averías

La realización de la prueba no certifica que el vehículo se encuentre perfecto ni garantiza que esté libre de cualquier defecto presente o futuro.

El resultado refleja las comprobaciones realizadas y el estado observado en una fecha y kilometraje determinados. Pueden existir defectos:

  • no perceptibles durante la revisión;
  • intermitentes;
  • internos;
  • que requieran desmontaje;
  • que no generen códigos de avería;
  • o cuya detección requiera pruebas específicas no incluidas en una revisión ordinaria.

Por tanto, la Prueba Preentrega no supone una garantía absoluta sobre el vehículo.

Pruebas adicionales

Si durante la inspección aparecen indicios que hagan recomendable realizar pruebas adicionales, diagnosis específicas, desmontajes o comprobaciones no incluidas en la Prueba Preentrega estándar, éstas podrán generar un coste adicional.

El cliente será informado previamente y no se realizará ningún servicio adicional de pago sin su autorización.

El precio de cualquier prueba adicional dependerá del trabajo necesario y del profesional que deba realizarlo.

Utilidad para comprador y vendedor

Para el comprador, la revisión puede ayudar a conocer mejor el vehículo antes de tomar la decisión de adquirirlo.

Para el vendedor, puede ayudar a conocer y documentar el estado observado del vehículo antes de entregarlo.

La Prueba Preentrega puede contribuir a reducir sorpresas, discrepancias o conflictos posteriores, pero no elimina las responsabilidades legales que puedan corresponder a comprador o vendedor.

5. Vicios ocultos en compraventas entre particulares

En las compraventas entre particulares resulta aplicable, cuando proceda, el régimen de saneamiento por vicios o defectos ocultos regulado en los artículos 1484 y siguientes del Código Civil.

El artículo 1484 contempla determinados defectos ocultos que hagan la cosa impropia para su uso o reduzcan de tal manera dicho uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría pagado menos por ella. El artículo 1485 establece, con las excepciones previstas en el propio precepto, que el vendedor responde incluso aunque ignorase dichos defectos. BOE

Las acciones específicas derivadas de dicho régimen se extinguen a los seis meses desde la entrega, conforme al artículo 1490 del Código Civil. BOE

Esto no equivale a afirmar que un vendedor particular tenga que ofrecer una “garantía legal de seis meses” en los mismos términos que un vendedor profesional.

La Prueba Preentrega puede aportar información sobre el estado observado y ayudar a documentar la operación, pero no elimina ni impide por sí misma una eventual reclamación por vicios ocultos.

6. Garantía mecánica

ATC podrá facilitar la contratación de garantías mecánicas prestadas por empresas especializadas.

La empresa identificada en el certificado o contrato correspondiente será la empresa garante y asumirá las obligaciones de cobertura que expresamente figuren en sus condiciones particulares.

ATC podrá intervenir en la comercialización, gestión, cobro, activación, coordinación o atención relacionada con la garantía, según la estructura de cada producto.

Tipos de vehículo

Con carácter general, podrán existir productos destinados a:

Vehículos de combustión e híbridos ligeros (MHEV).

Los híbridos ligeros se consideran, a estos efectos comerciales, dentro de las modalidades destinadas a vehículos de combustión.

Vehículos eléctricos e híbridos enchufables (PHEV).

Los híbridos enchufables se incluirán, cuando corresponda según las condiciones del garante, dentro de las modalidades específicas destinadas a vehículos eléctricos/electrificados.

La admisión definitiva de cada vehículo dependerá siempre de sus características y de las condiciones del producto correspondiente.

Cobertura

Cada garantía podrá establecer condiciones relativas a:

  • antigüedad máxima;
  • kilometraje máximo;
  • potencia;
  • duración;
  • motor;
  • caja de cambios;
  • transmisión;
  • embrague;
  • dirección;
  • refrigeración;
  • sistema de alimentación;
  • turbo;
  • frenos;
  • sistema eléctrico;
  • aire acondicionado;
  • sistemas híbridos o eléctricos;
  • baterías de tracción;
  • límites máximos por avería;
  • límites globales;
  • mantenimiento;
  • y otras condiciones o exclusiones.

No todas las modalidades cubren los mismos componentes ni tienen los mismos límites.

La garantía tampoco significa que cualquier avería que sufra el vehículo vaya a estar cubierta.

Antes de contratar, el cliente deberá disponer de las condiciones particulares correspondientes a la garantía concreta.

La aceptación o rechazo de una avería y la determinación de la cobertura se realizarán conforme a dichas condiciones por la empresa garante, sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente correspondan a ATC.

La garantía mecánica es una protección adicional y no elimina ni sustituye las responsabilidades legales que puedan existir entre comprador y vendedor.

7. Historial e información administrativa del vehículo

ATC podrá facilitar informes sobre un vehículo utilizando información procedente de la Dirección General de Tráfico y/o proveedores privados especializados.

Dependiendo del servicio contratado podrán incluirse datos relativos a:

  • situación administrativa;
  • cargas y limitaciones;
  • ITV;
  • kilometrajes registrados;
  • historial disponible;
  • determinados antecedentes o incidencias;
  • información disponible sobre propietarios;
  • u otros datos relacionados con el vehículo.

Las fuentes utilizadas podrán variar según disponibilidad y producto contratado.

ATC no es la fuente originaria de la mayor parte de estos datos.

Por ello, los informes reflejan la información disponible en las fuentes consultadas en el momento de realizar la consulta.

No puede garantizarse que cualquier accidente, reparación, avería, modificación, manipulación o incidencia experimentada por un vehículo haya sido registrada necesariamente en dichas bases de datos.

El historial no sustituye una inspección física o mecánica del vehículo.

El cliente será responsable de facilitar correctamente matrícula, bastidor u otros datos necesarios para realizar la consulta.

8. Notificación de venta y cambio de titularidad

ATC podrá facilitar y coordinar la realización de trámites administrativos mediante gestorías o profesionales colaboradores.

Entre ellos:

  • notificación de venta;
  • cambio de titularidad;
  • y otros trámites relacionados con la transmisión del vehículo.

Para realizar estos servicios podrá resultar necesario recibir información y documentación de comprador y vendedor.

La correcta realización del trámite estará condicionada a que las partes faciliten toda la documentación requerida.

ATC no podrá garantizar determinados plazos cuando éstos dependan de:

  • Dirección General de Tráfico;
  • administraciones tributarias;
  • gestorías;
  • existencia de cargas;
  • documentación incompleta;
  • errores en la información suministrada;
  • incidencias administrativas;
  • u otras circunstancias ajenas a ATC.

9. Tarifas

Las tarifas de los servicios no forman parte permanente de estos términos y condiciones y podrán variar.

El precio dependerá, entre otros factores, del servicio solicitado, vehículo, tipo de garantía, duración, proveedor, ubicación, características de la operación y posibles servicios adicionales.

Consulta con tu asesor comercial

Antes de contratar, un asesor de ATC te informará del precio vigente correspondiente a tu servicio y de lo que incluye.

Cuando la contratación se realice directamente a través de la web, el precio total aplicable se mostrará antes de efectuar el pedido.

En todo caso, el cliente conocerá el precio total, impuestos incluidos, antes de quedar obligado al pago. Esto es un requisito específico de la contratación a distancia con consumidores. BOE

Cuando existan:

  • pruebas adicionales;
  • tasas;
  • impuestos;
  • suplidos;
  • desplazamientos;
  • trabajos adicionales;
  • o cualquier otro concepto no comprendido inicialmente,

el cliente será informado antes de autorizarlo.

Ningún servicio adicional de pago se realizará sin aceptación previa del cliente.

10. Solicitud de información

Rellenar un formulario en adoptamostucoche.es solicitando información es gratuito y no supone contratar ningún servicio.

La solicitud:

  • no genera obligación de pago;
  • no supone aceptación de presupuesto;
  • y no obliga al usuario a contratar posteriormente.

Uno de los asesores de ATC podrá contactar con el interesado para conocer su caso, informarle de los servicios disponibles, disponibilidad y condiciones, y facilitarle una propuesta.

La contratación únicamente se producirá cuando el cliente acepte expresamente el servicio correspondiente.

11. Información necesaria de comprador y vendedor

Determinados servicios requieren datos no solo de quien realiza la contratación, sino también de la otra parte de la compraventa.

Podrán resultar necesarios:

  • nombre y apellidos;
  • DNI/NIE;  teléfono;
  • correo electrónico;
  • domicilio;
  • datos del vehículo;
  • matrícula;
  • número de bastidor;
  • permiso de circulación;
  • ficha técnica;
  • contrato de compraventa;
  • información del comprador;
  • información del vendedor;
  • y cualquier documentación necesaria para el servicio solicitado.

El cliente deberá facilitar información veraz, correcta y actualizada.

12. Protección de datos de la otra parte

Cuando comprador o vendedor facilite a ATC datos personales pertenecientes a la otra parte de la operación, estos datos únicamente podrán tratarse para las finalidades necesarias para gestionar los servicios solicitados y demás finalidades amparadas legalmente.

Cuando proceda, los datos podrán comunicarse a:

  • talleres; empresas garantes;
  • proveedores de información;
  • gestorías;
  • administraciones públicas;
  • proveedores tecnológicos;
  • y otros colaboradores necesarios para prestar el servicio.

Cuando ATC reciba información personal sin obtenerla directamente del interesado, deberá cumplir las obligaciones de información correspondientes. El artículo 14 del RGPD regula específicamente estos supuestos. EUR-Lex

El tratamiento de datos personales se desarrollará con mayor detalle en la Política de Privacidad de AdoptamosTuCoche.

La comunicación de los datos necesarios para ejecutar una operación no supone por sí sola autorización para utilizar los datos de la otra parte con fines publicitarios.

13. Contratación y pago

  • Antes de contratar un servicio, el cliente deberá poder conocer de forma clara:
  • qué servicio está contratando;
  • sus características esenciales;
  • el precio total aplicable;
  • qué incluye;
  • las principales limitaciones;
  • el proveedor concreto cuando resulte necesario;
  • y las condiciones particulares aplicables.

Cuando una contratación electrónica implique un pago, la web deberá dejar claramente indicado que la confirmación supone una obligación de pago, de acuerdo con las reglas aplicables a los contratos a distancia. BOE

14. Derecho de desistimiento

Cuando legalmente corresponda, el consumidor dispondrá del plazo legal para desistir de los contratos celebrados a distancia.

Algunos servicios de ATC están diseñados para ser ejecutados con rapidez.

Cuando el cliente quiera que un servicio comience antes de finalizar el periodo de desistimiento, podrá solicitarse expresamente su inicio anticipado.

Si un servicio con obligación de pago ha sido ejecutado completamente, la normativa permite excepcionar el derecho de desistimiento cuando la ejecución haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor y éste haya reconocido que perderá el derecho una vez ejecutado íntegramente el contrato. BOE

Las condiciones concretas de desistimiento se comunicarán durante el proceso de contratación cuando resulte aplicable.

15. Citas para Prueba

Preentrega Las Pruebas Preentrega estarán sujetas a disponibilidad de la red de centros colaboradores.

ATC confirmará el lugar y fecha de la inspección.

El propietario o persona autorizada deberá permitir el acceso al vehículo y su revisión en las condiciones necesarias para prestar el servicio.

Cuando la prueba requiera conducción, el vehículo deberá encontrarse en condiciones legales y materiales adecuadas para ello.

Las condiciones aplicables a modificaciones, cancelaciones, ausencias o imposibilidad de realizar la inspección serán comunicadas al cliente cuando correspondan.

16. Responsabilidad de los diferentes intervinientes

Cada profesional o empresa externa responderá de las obligaciones que le correspondan respecto del servicio que efectivamente realice.

En particular:

El taller o profesional de inspección responderá de la correcta realización técnica de las comprobaciones comprendidas en la revisión contratada.

La empresa garante responderá de la garantía conforme a sus condiciones contractuales.

Los proveedores de información responderán de sus servicios y bases de datos en los términos contractualmente establecidos.

La gestoría responderá de las actuaciones profesionales que le sean directamente imputables.

ATC responderá de las obligaciones que legalmente le correspondan por sus propias actuaciones de comercialización, contratación, coordinación o prestación de servicios.

Ninguna cláusula de estas condiciones pretende excluir o limitar derechos que legalmente sean irrenunciables para consumidores y usuarios.

17. Limitaciones inherentes a los servicios

Ni individualmente ni de forma conjunta los servicios ofrecidos por ATC pueden garantizar:

  • que el vehículo carezca de cualquier defecto;
  • que nunca sufra una avería;
  • que cualquier defecto existente sea detectable mediante una revisión ordinaria;
  • que cualquier avería posterior esté cubierta por una garantía;
  • que los registros consultados contengan toda la historia del vehículo;
  • o que nunca pueda surgir una reclamación entre comprador y vendedor.

Su finalidad es aportar información, revisión, protección contractual y apoyo profesional para realizar una compraventa con mayor conocimiento y tranquilidad.

18. Atención al cliente

Para consultas, incidencias o reclamaciones relacionadas con estos servicios:

ADOPTAMOSTUCOCHE, S.L.

C/ Artunduaga 2, Bajo 3 48970 Basauri, Bizkaia

Tel.: 946 971 193

Email: info@adoptamostucoche.es

19. Modificación de servicios, proveedores y tarifas

ATC podrá modificar:

  • proveedores;
  • productos;
  • modalidades de garantía;
  • alcance de los servicios;
  • y tarifas.

Estos cambios no afectarán retroactivamente a servicios ya contratados.

A cada contratación se aplicarán las características, precio y condiciones que el cliente hubiera aceptado en el momento de contratar.

La modificación de un proveedor colaborador no requerirá necesariamente modificar estas condiciones generales, siempre que no se alteren los derechos ya adquiridos por el cliente. 2

20. Legislación aplicable

Las presentes condiciones se regirán por la legislación española.

Cuando el cliente tenga la condición de consumidor, las controversias se someterán a los órganos judiciales competentes conforme a la normativa de consumidores, sin que estas condiciones impliquen renuncia a ningún derecho que corresponda legalmente al cliente.

adoptamostucoche.es

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